Una vez que inicias una nueva etapa en España en busca de nuevas y mejores oportunidades y has logrado cierta estabilidad, surgen dudas sobre qué opciones existen para traer a nuestros familiares en el extranjero al estado español. En este post nos centramos exclusivamente en cómo sería el proceso para traer familiares de Ecuador.
Tipo de autorización requerida para iniciar el trámite
La Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar, es una autorización de residencia por un periodo de tiempo determinado, que se podrá adjudicar a los tus familiares, en base al derecho a la reagrupación familiar. Para disponer de este recurso es indispensable cumplir con algunos requisitos:
- Que no tengas la consideración de ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países.
- No hallarte de forma irregular en territorio español.
- Que no dispongas antecedentes penales en España y en los países anteriores de residencia por delitos recogidos en el ordenamiento jurídico español.
- No tener prohibida la entrada en España.
- Disponer de asistencia sanitaria pública o concertada.
- No padecer ninguna de las enfermedades que puedan acarrear problemas de salud pública graves.
- No hallarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que hayas asumido al acogerte a un programa de retorno voluntario.
- Debes tener medios económicos suficientes con la finalidad de poder hacer frente a las necesidades familiares.
- Contar con una vivienda adecuada.
- Tienes que haber residido en España mínimo un año y haber alcanzado la autorización para residir por, al menos, otro año.
- Asimismo, con el objeto de reagrupar a los ascendientes, debes de poseer la titularidad de una autorización de larga duración o larga duración de la Unión Europea.
- Haber suscrito la tasa para la tramitación de la autorización.

¿Cuáles son los familiares reagrupables?
Podrás reagrupar con él en España a los siguientes familiares:
- Tu cónyuge, siempre que no se halle separado de hecho o de derecho y que el matrimonio no se haya constituido en fraude de ley; o la persona que mantenga contigo una relación de afectividad.
- Tus hijos o los de tu cónyuge o pareja de hecho, incluidos los adoptados, siempre que no hayan alcanzado la mayoría de edad en el momento de la solicitud de la autorización de residencia favorable o padezcan alguna discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
- Tus ascendientes en primer grado, o los de tu cónyuge o pareja de hecho, cuando estén a tu cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan motivos justificativos de la necesidad de permitir su residencia en España.
De forma excepcional, cuando se den motivos de carácter humanitario, podrás reagrupar a tus ascendientes menores de sesenta y cinco años
Tus familiares están a tu cargo cuando justifiques que, al menos durante el último año de su residencia en España, has transferido fondos o soportados gastos de tu familiar/es que supongan al menos el 51% del producto interior bruto per cápita, en cómputo anual, del país de residencia de éste. (Si haces envíos de dinero recurrentes, usa esta herramienta para ahorrar y ganar en seguridad y rapidez)

¿Cuál es el procedimiento a seguir?
Para ejercer el derecho de reagrupación familiar y traer a familiares de Ecuador tienes que solicitar, de manera personal ante la Oficina de Extranjería, una autorización de residencia temporal a favor de los miembros de tu familia que desees reagrupar.
La solicitud se gestiona en modelo oficial (EX-02), por duplicado y con la firma. Se acompaña original y copia de la siguiente documentación:
- Pasaporte, documento de viaje o cédula de inscripción con vigencia.
- Pasaporte o título de viaje, en vigor, del familiar a reagrupar.
- Documentación que acredita los vínculos familiares y, además la documentación necesaria para cada caso atendiendo al familiar a reagrupar.
- Copia compulsada de la documentación que demuestre que dispones de trabajo y/o recursos económicos necesarios para atender las necesidades familiares.
- Documentación que acredite disponer de asistencia sanitaria.
- Documentación original que acredite la disponibilidad de una vivienda habitual y adecuada para atender las necesidades familiares y las propias.
Aprovecha toda esta información para utilizar el recurso de reagrupación familiar y traer a familiares de Ecuador.
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